Corinna Larsen presenta un escrito en el Juzgado señalando que Villarejo estaba jubilado cuando se reunieron

FOTOS DE ARCHIVO DE CORINNA ZU SAYN-WITTGENSTEIN(CONSULTAR) FOTOS DE ARCHIVO DE CORINNA ZU SAYN-WITTGENSTEIN(CONSULTAR) (Foto de ARCHIVO) 2/28/2013
Foto de archivo de Corinna Larsen.
Colaborador / Europa Press
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Corinna Larsen agota las vías para esquivar la imputación en la Audiencia Nacional tras aportar una pericial que demostraría que la reunión con el excomisario Jose Villarejo se produjo el 7 de octubre de 2016, con el agente ya jubilado, por lo que no cabría el delito de cohecho que le imputa el juez.

Ha sido a través de un escrito presentado ante el titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional, Manuel García Castellón, que ha citado a la amiga de Juan Carlos I para que declare como investigada el 28 de septiembre de manera presencial.

En el escrito, la defensa de Corinna explica que, de acuerdo al análisis pericial practicado de los audios encontrados en el domicilio de Villarejo, el encuentro de ambos en Londres se produjo el 7 de octubre de 2016, más de tres meses después de la jubilación del agente, el 22 de junio.

Según la defensa, ello "significaría que él mismo carecería de la cualidad de funcionario al momento del supuesto encargo (7 de octubre de 2016), siendo por lo tanto la acción atípica", y por tanto no se darían las condiciones del delito de cohecho que les imputan.

Corinna está imputada en la pieza 5 del caso Tándem, bautizada como Carol, que fue archivada en 2018 pero reabierta por el juez el pasado julio tras recibir los informes policiales sobre dos nuevos archivos de audio que registran conversaciones entre ambos en un segundo encuentro en Londres, tras su primera cita en mayo de 2015.

El juez la citó como investigada para esclarecer "la posible existencia de un encargo" de Corinna a Villarejo que vendría referido a la obtención en España de unos datos correspondientes a su asistente personal de nacionalidad española.

En una de las conversiones, Corinna le expuso sus inquietudes respecto a una asistente que pudiera estar filtrando información sobre su vida privada. Villarejo, tras recomendarle chequear sus llamadas y mensajes para saber con quién hablaba, le ofreció sus servicios explicando que tenía los mejores especialistas del mundo.

Por ello, el juez considera que debe averiguarse si el encargo llegó a materializarse y si se abonó cantidad por ello, lo que podría constituir delitos de cohecho activo y pasivo.

Dice la defensa que el resultado del análisis pericial "tiene suma relevancia" para la resolución del recurso de reforma contra la reapertura, pues a las alegaciones que efectuaron en su momento, añaden ahora la de "la atipicidad de los hechos invocada por la defensa del señor Villarejo, así como de la ausencia del requisito de procedibilidad (denuncia previa del agraviado) al no resultar de aplicación el artículo 198 del Código Penal".

Este artículo recoge que la autoridad o funcionario público que, fuera de los casos permitidos por la Ley, sin mediar causa legal por delito, y prevaliéndose de su cargo revelara secretos o vulnerara la intimidad de otro será castigado con pena de prisión.

Por otra parte, la defensa ha presentado un recurso de reforma contra el auto que aplaza su comparecencia para el 28 de septiembre de manera presencial, en el que pide realizar su declaración por videoconferencia en Londres a través de una Orden Europea de Investigación (OEI), una decisión que el juez adoptó pero que revocó semanas después por las dificultades en la gestión.

Y solicita, en caso de no ser concedida esta primera opción, efectuarla en la Embajada de España en Londres en presencia de un letrado británico pero sin desplazamiento del instructor y de las partes porque, explica, las restricciones para que Corinna viaje a España por el coronavirus son aplicables al tribunal y las partes que quisieran desplazarse a Reino Unido.

20minutos

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